Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11954

Ley 11954/1997 - DECLáRASE CIUDAD A LA LOCALIDAD DE FIORITO, PARTIDO DE LOMAS DE ZAMORA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 29/05/1997
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 11954 LEY 11954 Declarando ciudad a la localidad de Fiorito , partido de Lomas de Zamora. EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase ciudad a la localidad de Fiorito , partido de Lomas de Zamora. ARTÍCULO 2.- Los límites de la “Ciudad de Fiorito ” serán los establecidos en la Dirección de Catastro de la Provincia de Buenos Aires, para dicha localidad. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los diecisiete días del mes de abril de mil novecientos noventa y siete.