Nación · Ley N° 25426

Ley 25426 - DECLARASE AL EDIFICIO DONDE FUNCIONARA EL PALACE HOTEL, EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

Estado no verificadoSanción: 18/04/2001Publicación B.O.: 16/05/2001Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

INFOLEG MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES Ley 25.426 Declárase al edificio donde funcionara el Palace Hotel, en la ciudad de Buenos Aires. Sancionada: Abril 18 de 2001 Promulgada: Mayo 10 de 2001 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso etc., sancionan con Fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Conforme lo dispuesto por las leyes 12.665 y 24.252, declárase "Monumento histórico nacional" al edificio donde funcionara el Palace Hotel, ubicado entre las calles Leandro N. Alem, Juan D. Perón y Veinticinco de Mayo de la Ciudad de Buenos Aires. ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL UNO. — REGISTRADA BAJO EL Nº 25.426 — RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.