Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 201

MODIFICACIÓN - DECRETOS 297-2014 - 443-16 - 304-17 - PLANTAS ORGÁNICO FUNCIONALES - ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA PERSONAS MAYORES - HOGARES DE ANCIANOS - ALEJANDRO RAIMONDI - GUILLERMO RAWSON - MARTÍN RODRÍGUEZ- VIAMONTE -  SAN MARTÍN - GERENCIA OPERATIVA DE HOGARES DE RESIDENCIA PERMANENTE DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN Y SERVICIOS - SUBSECRETARÍA DE TERCERA EDAD - OFICIALES PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS - SUBSECRETARÍA DE GOBIERNO - MINISTERIO DE GOBIERNO - DIRECCIÓN GENERAL NIÑEZ Y ADOLESCENCIA - SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN SOCIAL - DELEGA FACULTADES - MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - NORMAS ACLARATORIAS INSTRUMENTALES INTERPRETATIVAS Y/O COMPLEMENTARIAS - CONCURSOS PUBLICOS Y ABIERTOS - COBERTURA DE CARGOS

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/06/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: Las Leyes Nros. 471 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatoria, 5.460 (texto consolidado por Ley N° 6.017) y modificatoria, los Decretos Nros. 297- GCBA/14, 443-GCBA/16, y 304-GCBA/17, las Actas de Negociación Colectiva Nros. 17/13, instrumentada por Resolución N° 20-MHGC/14 y 7/19 instrumentada por Resolución N°1861-MEFGC/19, el Expediente Electrónico N° 2019-14.899.785- DGDSCIV, y CONSIDERANDO: Que el artículo 6° de la Ley N° 471 determina que el ingreso de personal a la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires "...se formaliza mediante acto administrativo emanado de autoridad competente, previo concurso público abierto de conformidad con las reglas que se establezcan por vía reglamentaria."; Que, el Acta de Negociación Colectiva N° 17/13, instrumentada por Resolución N° 20- MHGC/14, establece en su artículo 25, que el ingreso del personal a la Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se realiza mediante concurso público abierto; Que, en otro orden de ideas, mediante el Decreto N° 297-GCBA/14, se crearon las Plantas Orgánico Funcionales de los establecimientos residenciales para personas mayores Hogares de Ancianos "Dr. Alejandro Raimondi", "Guillermo Rawson", "Martín Rodríguez-Viamonte" y "San Martín", dependientes de la Gerencia Operativa de Hogares de Residencia Permanente de la Dirección General de Promoción y Servicios de la Subsecretaría de Tercera Edad del entonces Ministerio de Desarrollo Social y se delegó en la entonces Ministra de Desarrollo Social, previa intervención del entonces Ministerio de Modernización, la facultad de convocar los concursos públicos abiertos para la cobertura de los cargos de las referidas Plantas Orgánico Funcionales, como así también la facultad de designar a quienes resultaren allí seleccionados; Que, asimismo, se delegó en la entonces Ministra de Desarrollo Social de manera conjunta con el entonces Ministerio de Modernización, la facultad de dictar normas aclaratorias, instrumentales, interpretativas y/o complementarias, a los efectos de implementar los concursos mencionados; Que por otro lado, el Decreto N° 443-GCBA/16 creó la Planta Orgánico Funcional de Oficiales Públicos de la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, delegando en el señor Ministro de Gobierno, previa intervención del entonces Ministerio de Hacienda, la facultad de convocar los concursos cerrados y en caso de ser necesario, públicos abiertos, para la cobertura de los cargos vacantes de dicha Planta Orgánico Funcional, y de designar a quienes resulten seleccionados en los mencionados concursos; Que asimismo, el precitado decreto delegó, en forma conjunta, en el Ministro de Gobierno y el entonces Ministro de Hacienda, la facultad de dictar normas aclaratorias, instrumentales, interpretativas y/o complementarias, a los efectos de implementar los mismos; Que por su parte, mediante Decreto N° 304-GCBA/17 se creó la Planta Orgánico Funcional de la Dirección General Niñez y Adolescencia, dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano, delegando en la Ministra de Hábitat y Desarrollo Humano y en el entonces Ministro de Hacienda, en forma conjunta, las facultades de dictar las normas aclaratorias, instrumentales, interpretativas y/o complementarias, a los efectos de implementar los concursos públicos y abiertos para la cobertura definitiva de los cargos de dicha Planta Orgánico Funcional; Que asimismo, el precitado decreto delegó en la Ministra de Hábitat y Desarrollo Humano, previa intervención del entonces Ministerio de Hacienda, la facultad de convocar los mentados concursos, y designar a quienes resultaren seleccionados en los mismos; Que el artículo 13 de la Ley N° 5.460 modificada por la Ley N° 5.960 faculta al Poder Ejecutivo a delegar en sus Ministros las facultades relacionadas con las materias que les competen, de acuerdo con lo que se determine expresa y taxativamente por Decreto; Que asimismo la citada Ley, establece que corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas asistir al Jefe de Gobierno en el diseño e implementación de las políticas de gestión y administración de los recursos humanos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por su parte, por Acta de Negociación Colectiva N° 7/19, instrumentada por Resolución N° 1861-MEFGC/19 se aprobó el procedimiento de selección para el ingreso a Planta Permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo que el Ministerio de Economía y Finanzas será la autoridad de aplicación de los referidos procesos concursales; Que conforme lo expuesto, corresponde asimismo dejar sin efecto los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto N° 297-GCBA/14, los artículos 2°, 3° y 5° del Decreto N° 443-GCBA/16 y los artículos 2° y 3° del Decreto N° 304-GCBA/17 y delegar en el Ministro de Economía y Finanzas la facultad de dictar las normas aclaratorias, instrumentales, interpretativas y/o complementarias, a los efectos de implementar los concursos públicos y abiertos para la cobertura definitiva de los cargos de las Plantas Orgánico Funcionales allí creadas. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Déjase sin efecto los artículos 2°, 3° y 4° del Decreto N° 297-GCBA/14, los artículos 2°, 3° y 5° del Decreto N° 443-GCBA/16 y los artículos 2° y 3° del Decreto N° 304-GCBA/17. Artículo 2°.- Delégase en el Ministro de Economía y Finanzas la facultad de dictar las normas aclaratorias, instrumentales, interpretativas y/o complementarias, a los efectos de implementar los concursos públicos y abiertos para la cobertura definitiva de los cargos de las Plantas Orgánico Funcionales creadas por los Decretos Nros. 297- GCBA/14, 443-GCBA/16 y 304-GCBA/17. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Desarrollo del Servicio Civil dependiente de la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente de la Subsecretaría de Gobierno del Ministerio de Gobierno, a la Secretaría de Integración Social para Personas Mayores y a la Dirección General Niñez y Adolescencia, dependiente de la Subsecretaría de Promoción Social, ambas del Ministerio de Hábitat y Desarrollo Humano. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle MODIFICA DECRETO 304 2017 <p>Art. 1 del Decreto 201-19 deja sin efecto los Arts. 2 y 3 del Decreto 304-17.</p> MODIFICA DECRETO 443 2016 <p>Art. 1 del Decreto 201-19 deja sin efecto los Arts. 2, 3 y 5 del Decreto 443-16.</p> MODIFICA DECRETO 297 2014 <p>Art. 1 del Decreto 201-19 deja sin efecto los Arts. 2, 3 y 4 del Decreto 297-14.</p>