Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13013
Ley 13013/2003 - DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION EL INMUEBLE UBICADO EN BAHÍA BLANCA, PARA SER TRANSFERIDO A LA DCCION.GRAL.DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA, EGB N° 11.
Ley 13013 L E Y 13013 EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la localidad de Bahía Blanca, designado catastralmente como Circunscripción I, sección D, Manzana 358, Parcela 23, inscriptos sus dominios en la Matrícula 63.054, a nombre de Rodriguez o Rodriguez y Aluz, Olga; Rodriguez o Rodriguez y Aluz, Raquel Ana; Rodriguez o Rodriguez y Aluz, Juan Manuel; Rodriguez o Rodriguez y Aluz, Néstor Julio y/o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios. ARTICULO 2.- El inmueble citado en el artículo anterior será transferido a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires para ser destinado a la ampliación de la E.G.B. N° 11. ARTICULO 3.- Declárase la urgencia de la expropiación prevista en la presente Ley. ARTICULO 4.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el ejercicio correspondiente, las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la Ley. ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.