Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9099

Decreto-ley 9099/1978 - DEROGA EL ART. 21 DE LA LEY 6707, REF: CONTRATOS POR SISTEMAS DE “ASISTENCIA TÉCNICA, ESFUERZO PROPIO Y AYUDA MUTUA” - INSTITUTO DE LA VIVIENDA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/07/1978
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Decreto-ley 9099/1978 DECRETO-LEY 9099/78 LA PLATA 5 de julio de 1978 VISTO lo actuado en el expediente número 2240-416/78 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 5 de la Junta Militar, en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE L E Y ARTICULO 1.- Derógase el artículo 21 de la Ley 6707. ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.