Nación · Ley N° 22825

Ley 22825 - DEROGASE LAS LEYES N° 21.261 Y 21.400.

Estado no verificadoSanción: 03/06/1983Publicación B.O.: 07/06/1983Organismo: PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina TRABAJO LEY N° 22.825 Deróganse las Leyes Nros. 21.261 y 21.400. Buenos Aires, 3 de junio de 1983. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1° . — Deróganse las Leyes Nros. 21.261 y 21.400. ARTICULO 2° . — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. BIGNONE. Héctor F. Villaveirán. Lucas J. Lennon.