Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 44

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Estado no verificadoPublicación B.O.: 24/01/2025Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley 6.684 (texto consolidado por Ley 6.764), los Decretos 684/09 y modificatorios, 387/23 y sus modificatorios y 317/24, el Expediente 05099375-GCABA- MIGC/25, y CONSIDERANDO: Que la administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene por objetivo desarrollar diversas políticas públicas para mejorar la eficiencia y la eficacia de su gestión, siendo la implementación y mejora constante de sus estructuras organizativas una de las acciones centrales para la consecución de ese objetivo; Que dichas políticas se han enfocado en el desarrollo de un plan operativo estratégico creando nuevas políticas de recursos humanos, en la promoción de una nueva cultura de trabajo, modernización de procesos y mecanismos administrativos, así como la reorganización de las estructuras orgánico funcionales; Que por la Ley 6.684 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplando al Ministerio de Infraestructura; Que mediante Decreto 387/23 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el nivel de Dirección General; Que por Decreto 317/24 se modificó la estructura orgánica funcional del Ministerio de Infraestructura; Que por el Decreto 684/09 y sus modificatorios, se aprobó el régimen gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que resulta oportuno readecuar y reorganizar las competencias del Ministerio de Infraestructura, con el objeto de implementar un nuevo enfoque basado en la aplicación de un Sistema Integrado de Movilidad que permita dar una respuesta eficiente, segura, innovadora y sustentable a las necesidades de los/las habitantes vinculadas al traslado y el desplazamiento dentro de la Ciudad; Que atento a las razones expuestas y de acuerdo a la gestión de gobierno, corresponde modificar la estructura del Ministerio de Infraestructura; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 inciso 9) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Modificar, a partir del 22 de enero de 2025, la estructura organizativa del Ministerio de Infraestructura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo con los