Nación · Ley N° 27209

Ley 27209 - SUSTITUYASE EL INCISO D) DEL ARTICULO 7° DE LA LEY 23.966, TITULO III, TEXTO ORDENADO EN 1998 Y SUS MODIFICACIONES.

Estado no verificadoSanción: 04/11/2015Publicación B.O.: 25/11/2015Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina IMPUESTOS SOBRE LOS COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y EL GAS NATURAL Ley 27209 Ley N° 23.966. Modificación. Sancionada: Noviembre 04 de 2015 Promulgada de Hecho: Noviembre 23 de 2015 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTÍCULO 1° — Sustitúyase el inciso d) del artículo 7° de la ley 23.966, título III, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, el que quedará redactado de la siguiente manera: d) Cuando se destinen al consumo en la siguiente área de influencia de la República Argentina: provincias del Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, el Partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires y el Departamento de Malargüe de la provincia de Mendoza. ARTÍCULO 2° — La presente ley entrará en vigencia el primer día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE. — REGISTRADO BAJO EL N° 27209 — AMADO BOUDOU. — JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.