Provincia de Buenos Aires · Ley N° 11493
Ley 11493/1994 - MODIFíCASE EL INC.E) DEL ART.18 DE LA LEY 10592, RéGIMEN JURíDICO BáSICO E INTEGRAL PARA LAS PERSONAS DISCAPACITADAS.(INCORPORACIóN A LOS DIFERENTES NIVELES DE LA ENSEñANZA COMúN SIN DECLINAR LA PRESTACIóN DE LA ENSEñANZA ESPECIAL)
Ley 11493 LEY 11493 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Modifícase el inciso e) del artículo 18 de la Ley 10.592 Régimen Jurídico Básico e Integral para las Personas Discapacitadas, el que quedará redactado de la siguiente manera: ”Artículo 18 – e) Establecer sistemas de detección y derivación de los educandos discapacitados que preveen su incorporación progresiva y sistemática a los diferentes niveles y modalidades de la enseñanza común, tanto en el orden oficial como en los establecimientos dependientes de la Dirección de Enseñanza no Oficial, dentro de la factibilidad pedagógica de cada caso, sin declinar la prestación de la enseñanza especial, en un régimen compatibilizado de horarios y secuencias educativa, teniendo a su integración al sistema educativo corriente.” ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.