Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 226
APRUEBA PRESUPUESTO - EJERCICIO 2024 - SOCIEDAD ANÓNIMA AUTOPISTAS URBANAS - AUSA - ORGANISMO FUERA DE NIVEL BAJO LA ÓRBITA DEL MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
VISTO: La Ley Nro 70 (texto consolidado por Ley N° 6.588), los Decretos Nros 1000/99, 146/23, y 387/23 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico N° 44387261-GCABA-AUSA/23, y CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 70 se aprobó el Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciéndose la organización y funcionamiento de sus órganos; Que, por el artículo 73 de la citada Ley se estableció que los directorios o máxima autoridad responsable de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del Estado aprueban el proyecto de presupuesto anual de su gestión y lo remite a la Oficina de Presupuesto; Que, el citado artículo, también estableció, que los proyectos de presupuesto deben expresar las políticas generales y los lineamientos específicos que, en materia presupuestaria, establezca el Poder Ejecutivo y la autoridad de la jurisdicción correspondiente; Que asimismo, el artículo 75 de dicha Ley dispone que la Oficina de Presupuesto analiza los proyectos de presupuesto de las empresas y sociedades y prepara un informe destacando si los mismos se encuadran en el marco de las políticas, planes y estrategias fijadas y aconsejando los ajustes a practicar en el proyecto de presupuesto si, a su juicio, la aprobación del mismo sin modificaciones puede causar un perjuicio patrimonial al Estado o atentar contra los resultados de las políticas y planes vigentes; Que, por su parte, el artículo 76 del mismo cuerpo normativo, establece que corresponde al Poder Ejecutivo aprobar, en su caso, con los ajustes que considere convenientes, los presupuestos de las empresas y sociedades con participación mayoritaria del Estado; Que, el artículo 39 del Decreto N° 1000/99, reglamentario del artículo 76 de la Ley N° 70 establece que para la aprobación de los presupuestos, dentro del plazo señalado en la Ley, la Oficina de Gestión Pública debe preparar el informe de los proyectos recibidos, así como las estimaciones presupuestarias de oficio; Que en ese sentido, mediante el artículo 2° del Decreto N° 146/23 se aprobó el cronograma para la Formulación de los Presupuestos de las Empresas Públicas, Sociedades del Estado y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado de la Ciudad tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias para el ejercicio 2024, de conformidad con el Anexo II integrante del citado Decreto; Que, en concordancia con lo normado, por el Expediente Electrónico mencionado en el Visto tramita la aprobación del Presupuesto para el ejercicio 2024 formulado por la empresa Autopistas Urbanas S.A. organismo fuera de nivel en la órbita del Ministerio de Infraestructura conforme lo establecido por el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, y cuyo proyecto expone en detalle sus ingresos y egresos; Que, la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas elaboró el informe pertinente, en cumplimiento con lo establecido por el artículo 75 de la Ley N° 70, aconsejando la aprobación del presupuesto 2024 de la mencionada Sociedad Anónima; Que, en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Aprobar el Presupuesto para el ejercicio 2024 de la Sociedad Anónima Autopistas Urbanas (AUSA), Organismo Fuera de Nivel bajo la órbita del Ministerio de Infraestructura, de conformidad con lo detallado en el Anexo I (IF-2024-05887811- GCABA-DGOGPP), que a todos sus efectos forma parte integrante del presente decreto. Artículo 2°.- Estimar en la suma de pesos CIENTO CUARENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 140.660.331.256) los ingresos corrientes y fijar en la suma de pesos CINCUENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 54.838.637.756), los gastos corrientes, de acuerdo con el detalle que figura en la planilla del Anexo I (IF-2024-05887811-GCABA-DGOGPP). Artículo 3°.- Fijar en pesos OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 81.969.524.955), los gastos de capital, de acuerdo con el detalle obrante en la planilla del Anexo I (IF-2024-05887811-GCABA-DGOGPP). Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Infraestructura. Cumplido, archívese. MACRI - Bereciartua - Arengo Piragine - Grindetti