Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6047

Ley 6047/1959 - EXPROPIACION DE TERRENOS EN MORON, PARA LA SALA DE PRIMEROS AUXILIOS DE EL PALOMAR.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 31/08/1959
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6047 LEY 6047 Expropiación de terrenos en Morón, para la Sala de Primeros Auxilios de El Palomar. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Decláranse de utilidad pública y sujetas a expropiación las fracciones de terrenos que a continuación se detallan: setenta y cinco metros cuadrados (75 m 2 ), setenta y cinco metros cuadrados (75 m 2 ), setenta y cinco metros cuadrados (75 m 2 ), designadas como Parcelas 13 b, 14 b y 15 b, de propiedad de don Luis Carlos Bernieri y setenta y cuatro metros cuadrados con nueve mil novecientos cincuenta y seis centímetros cuadrados (74,9956 m 2 ), designada como Parcela 16, de propiedad de los señores Alfredo García Díaz y Pilar Arnaldo, todas ellas de la Manzana 15, Sección A, Circunscripción III, del Partido de Morón, con destino a la construcción de una Sala de Primeros Auxilios en la localidad de El Palomar. ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará al Plan de Obras Públicas 1959, Anexo XI “Deuda de Ejercicios Anteriores”. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.