Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10211
Ley 10211/1984 - (DEROGADA POR LEY 12008) MODIFICA ART.60 DE LA LEY 2961, CODIGO CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVO.
Derogada verificadaPublicación B.O.: 12/11/1984
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Ley 10211 DEROGADA POR LEY 12008 LEY 10211 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1- Sustitúyese el artículo 60 del Código Contencioso Administrativo, por el siguiente: “Artículo 60.- En cuanto a la forma de producir la sentencia, su publicación y notificación, se procederá de acuerdo con lo dispuesto en el Código Procesal Civil y Comercial a propósito del recurso de inaplicabilidad de ley. Cuando se hubiese hecho acumulación de autos, todos los autos acumulados se tendrán por una sola causa a tales efectos.” ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.