Nación · Ley N° 22017

Ley 22017 - OBJETO CUMPLIDO-AUTORIZACION A LA DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD A FINANCIAR EL PLAN DE CAMINOS DE FOMENTO AGRICOLA

Estado no verificadoSanción: 15/06/1979Publicación B.O.: 22/06/1979Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

LEY N° 22017 LEY N° 22017 Buenos Aires, 15 de Junio de 1979. EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto de Proceso de Reorganización Nacional EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1°- Autorízase a la Dirección Nacional de Vialidad a aportar de sus recursos, en el curso del ejercicio 1979, hasta la suma de Veintitrés Mil Millones de Pesos ($ 23.000.000.000-) con destino al financiamiento del plan establecido en el Decreto Ley N°9875/56. Se denominará este aporte ¨Contribución de fomento agrícola¨. ARTICULO 2°- El producido de la contribución de fomento agrícola será destinado exclusivamente a los fines del Decreto Ley N° 9875/56 y su distribución e inversión se efectuará con sujeción a los artículos 4° y siguientes consecutivos de ese cuerpo legal. ARTICULO 3°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. VIDELA