Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10554

Ley 10554/1987 - AMPLIA POR 5 AÑOS EL PLAZO DE CUMPLIMIENTO DE LAS FINALIDADES DE UTILIDAD PUBLICA DISPUESTA POR EL DEC-LEY 10113/83.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 28/09/1987
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 10554 LEY 10554 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Amplíase por el término de cinco (5) años a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, el plazo de cumplimiento de las finalidades de utilidad pública que motivaron la expropiación dispuesta por el Decreto-Ley 10.113/83, vencido por aplicación del artículo 47 de la Ley 5.708, General de Expropiaciones. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.