Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9404
Decreto-ley 9404/1979 - (DEROGADA POR LEY 10251) EL DESEMPEÑO DE CARGOS, FUNCIONES Y EMPLEOS MUNICIPALES SERA COMPATIBLE CON EL EJERCICIO DE CUALQUIER ACTIVIDAD PRIVADA, SIN PERJUICIOS DE LAS INAHBILIDADES E INCOMPATIBILIDADES PREVISTAS POR LA LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES
Decreto-ley 9404/1979 DEROGADA POR LEY 10251 DECRETO-LEY 9404/79 LA PLATA, 4 de SETIEMBRE de 1979. VISTO lo actuado en el expediente número 2240-852/79 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/77, artículo 1, apartados 1.8. y 3.1. de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- El desempeño de cargos, funciones o empleos municipales será compatible con el ejercicio de cualquier actividad privada, sin perjuicio de las inhabilidades e incompatibilidades previstas por la Ley Orgánica de las Municipalidades. ARTÍCULO 2.- Los funcionarios y empleados municipales deberán excusarse de intervenir de cualquier forma en trámites, gestiones o asuntos de cualquier naturaleza en los que tuvieren o hayan tenido actuación en razón del ejercicio de actividades privadas. La violación de la obligación de excusarse dará lugar a la exoneración del funcionario o empleado responsable. ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.