Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 382
ACEPTA LEGADO - SIN CARGO - ELENA SIKINIFKER - HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS DR RICARDO GUTIÉRREZ - SERVICIO DE HEMATOLOGÍA - HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS DR JOSÉ MARÍA RAMOS MEJÍA - MINISTERIO DE SALUD - REMANENTE DE LOS BIENES DEL ACERVO HEREDITARIO - CAUSANTE - JUICIO SUCESORIO - AUTOS CARATULADOS - SIKINIFKER ELENA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA - EXPEDIENTE JUDICIAL N° 50312/06 - ANTE EL JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA - CIVIL N° 98 - SECRETARÍA ÚNICA
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Expediente N° 26.240-MGEYA/09, Expediente Electrónico N° 10146543-GCABA-DGTALMHF/22, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto, tramita la aceptación del legado sin cargo a favor del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez" y del Servicio de Hematología del Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", dependientes del Ministerio de Salud de la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, otorgado por la causante, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados "SIKINIFKER, ELENA s/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA", Expediente Judicial N° 50.312/06, por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 98, Secretaría Única de esta Ciudad; Que la causante, Elena Sikinifker de Besprosvañe, mediante testamento otorgado por Escritura Pública Número 76 de fecha 20 de agosto de 2005, Folio 296 del Registro Notarial N° 1841, autorizada por el Escribano Sergio Raúl Picasso, ha instituido al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez" y al Servicio de Hematología del Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía" como legatarios, otorgando a cada uno el diez por ciento (10%) del remanente de los bienes del acervo hereditario; Que habiendo fallecido la señora Elena Sikinifker con fecha 15 de mayo de 2006, conforme surge de la partida de defunción agregada en los autos mencionados en el Visto, corresponde aceptar el legado de acuerdo a los términos del testamento; Que el referido testamento no dispone mandas ni cargas por cumplir; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires considera conveniente para los intereses del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la aceptación del legado sin cargo efectuado por la causante a favor de los nosocomios mencionados; Que conforme lo expresado, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 104 inciso 16 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Aceptar el legado sin cargo efectuado por la señora Elena Sikinifker a favor del Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez" y del Servicio de Hematología del Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consistente en el diez por ciento (10%) para cada uno sobre el producido del remanente de los bienes del acervo hereditario de la causante, cuyo juicio sucesorio tramita en los autos caratulados "SIKINIFKER, ELENA s/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA", Expediente Judicial N° 50.312/06, por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 98, Secretaría Única, de esta Ciudad. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los Ministerios de Salud y de Hacienda y Finanzas, al Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez" y al Servicio de Hematología del Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía" y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós - Mura - Miguel