Nación · Ley N° 8193

Ley 8193 - APROBACION DE LA CONVENCION RADIOTELEGRAFICA, SANCIONADA POR LA CONFERENCIA INTERNACIONAL DE TELEGRAFICA SIN HILOS EN 1906.

Estado no verificadoSanción: 12/09/1911Publicación B.O.: 12/09/1911Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley 8.193 APROBACION DE LA CONVENCION RADIOTELEGRAFICA, SANCIONADA POR LA CONFERENCIA INTERNACIONAL DE TELEGRAFICA SIN HILOS EN 1906. BUENOS AIRES, 12 de septiembre de 1911 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1. - Apruébase la convención radiotelegráfica el protocolo final, el reglamento del servicio y el compromiso adicional, sancionados por la Conferencia Internacional de Telegrafía sin Hilos que se reunió en Berlín el tres de noviembre de mil novecientos seis y que suscribió el Delegado de la República Argentina. ARTICULO 2. - Comuníquese al Poder Ejecutivo. FIRMANTES Anexo A-Convención Radiotelegráfica sancionada por la Conferencia Internacional de Telegrafía Sin Hilos reunida en Berlín el 3 de noviembre de 1906- NOTA DE REDACCION: CONVENCION NO PUBLICADA Anexo B-Protocolo final a la Convención Radiotelegráfica sancionada por la Conferencia Internacional de Telegrafía Sin Hilos reunida en Berlín el 3 de noviembre de 1906- NOTA DE REDACCION: PROTOCOLO NO PUBLICADO ANEXO C-Reglamento del Servicio Radiotelegráfico sancionado por la Conferencia Internacional de Telegrafía Sin Hilos reunida en Berlín el 3 de noviembre de 1906- NOTA DE REDACCION: REGLAMENTO NO PUBLICADO Anexo D-Compromiso Adicional a la Convención Radiotelegráfica sancionada por la Conferencia Internacional de Telegrafía Sin Hilos reunida en Berlín el 3 de noviembre de 1906- NOTA DE REDACCION: ANEXO NO PUBLICADO.