Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 491
SE APRUEBA RÉGIMEN - RÉGIMEN PARA LA ASIGNACIÓN DE FONDOS DE APLICACIÓN EN LAS JURISDICCIONES - ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS - DEPENDENCIAS Y REPARTICIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - DEROGA LOS DECRETOS 67-10 - 477-11 - 501-12 - LOS ARTÍCULOS 3 Y 4 DEL DECRETO 117-17 - RESOLUCIONES CONJUNTAS - 3-MHGC-MJGGC-SECLYT-15- 18-MHGC-MJGGC-SECLYT-12 - 10-MHGC-MJGGC-SECLYT-13 - CAJA CHICA COMÚN - CAJA CHICA ESPECIAL - FONDO ROTATORIO PARA LA POLICÍA DE LA CIUDAD - FONDO ROTATORIO PARA EL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - VIÁTICOS - ALOJAMIENTO Y PASAJES - GASTOS DE MOVILIDAD
VISTO: Las Leyes Nros. 70, 2855 y 5688 (Textos consolidados según Ley N° 6017), los Decretos N° 67/10, N° 477/11, N° 501/12 y N° 117/17 y las Resoluciones Conjuntas Nros. 18/MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT/12, 10/MHGC-MJGGC-SECLYT/13 y 3/MHGC-MJGGC-SECLYT/15, el Expediente Electrónico N° 35119951-MGEYA- DGCG/2018, y CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 70 se fijaron los sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y se establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que por Decreto N° 67/10 y su modificatorio N° 117/17 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Resolución Conjunta N° 10/MHGC-MJGGC-SECLYT/13 y su modificatoria N° 3/MHGC-MJGGC-SECLYT/15, se aprobó el procedimiento administrativo electrónico para la tramitación de la Solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común; Que mediante Decreto N° 477/11 se aprobó el régimen de viáticos, alojamiento y pasajes destinados a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior del país por parte de funcionarios y agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Decreto N° 501/12 se aprobó el Régimen de Asignación de Gastos de Movilidad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; aprobándose mediante Resolución Conjunta N° 18/MHGC-MMGC-MJGGC- SECLYT/12 el procedimiento administrativo electrónico para la tramitación de la Solicitud, Rendición y Devolución de Gastos por Movilidad; Que por Ley N° 2855 se creó el "Ente Autárquico Teatro Colón" en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera; Que por Ley N° 5688 se creó la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, como institución civil, armada, jerarquizada profesionalmente y depositaria de la fuerza pública del Estado en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en el marco del plan de modernización de la Administración Pública se hace necesaria la incorporación de mejoras en materia de herramientas tecnológicas, que permiten agilizar y dotar de mayor eficiencia a los procesos administrativos otorgándoles mayor transparencia y accesibilidad en materia de control; Que en este sentido se evidencia la necesidad de unificar y actualizar las pautas inherentes al régimen de asignación fondos, estableciéndose en un único marco normativo lo relativo al régimen de pago efectuado mediante cualquiera de las modalidades del régimen de fondos; Que en igual orden de ideas, resulta conveniente contemplar un Fondo Rotatorio para uso exclusivo del personal con estado policial de la Policía de la Ciudad, a fin de atender mandatos judiciales, custodia de funcionarios o actos de colaboración con otras fuerzas de seguridad, cuyas características especiales y naturaleza hagan necesario la atención exclusiva, inmediata y oportuna de los gastos que involucren los procesos ordenados y un Fondo Rotatorio para Gastos del Ente Autárquico Teatro Colón, destinado a atender los pagos de erogaciones provenientes del giro habitual y regular, que permita cumplir con su operatoria, prescindiendo de todo otro requerimiento de fondo especial; Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Apruébase el Régimen para la Asignación de Fondos de aplicación en las jurisdicciones, Organismos Descentralizados, dependencias y reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Anexo (IF-2018-35303480-MEFGC), el que a todos sus efectos se acompaña y forma parte integrante del presente. Artículo 2°.- Desígnase como autoridad de aplicación del Régimen que se aprueba por el artículo 1° del presente decreto, al Ministerio de Economía y Finanzas, facultándolo para dictar las normas aclaratorias, interpretativas, reglamentarias, complementarias y/o excepciones que hagan a la ejecución del mismo. Artículo 3°.- Derógase los Decretos Nros. 67/10, 477/11, 501/12, los artículos 3° y 4° del Decreto N° 117/17, las Resoluciones Conjuntas Nros, 3/MHGC-MJGGC- SECLYT/15, 18/MHGC-MJGGC-SECLYT/12 y 10/SECLYT/13. Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Vicejefatura de Gobierno, Organismos Descentralizados, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel