Nación · Ley N° 25418

Ley 25418 - DISPONESE LA IMPRESION DE UNA MONEDA CONMEMORATIVA DEL PRONUNCIAMIENTO DEL GENERAL JUSTO JOSE DE URQUIZA.

Estado no verificadoSanción: 04/04/2001Publicación B.O.: 04/05/2001Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

INFOLEG CONMEMORACIONES Ley 25.418 Dispónese la impresión de una moneda conmemorativa del pronunciamiento del General Justo José de Urquiza. Sancionada: Abril 4 de 2001. Promulgada de Hecho: Abril 27 de 2001. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — El Banco Central de la República Argentina y la Casa de Moneda, dispondrán lo pertinente para la impresión de una moneda conmemorativa en alusión al pronunciamiento del General Justo José de Urquiza, cuyo sesquicentenario se conmemora el 1º de mayo del año 2001. ARTICULO 2º — El Poder Ejecutivo implementará lo necesario y reglamentará la presente ley para la efectivización de lo dispuesto en el artículo precedente en tiempo y término adecuados. ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AlRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL UNO. — REGISTRADA BAJO EL Nº 25.418 — RAFAEL PASCUAL. — FELIPE SAPAG. — Luis Flores Allende. — Juan J. Canals.