Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8852
Decreto-ley 8852/1977 - FACULTA AL P.E. A EFECTUAR DESIGNACIONES Y ADECUACIONES DEL PERSONAL DE LA POLICIA DE LA PROV., DENTRO DE LOS AGRUPAMIENTOS PREVISTOS POR SU LEY ORGANICA,LEY 8686, SIN SUJECION A LAS PREVISTAS EN SU LEY DE PERSONAL, LEY 8269 Y SU DEC.REG.
Decreto-ley 8852/1977 DECRETO-LEY 8852/77 LA PLATA, 25 de AGOSTO de 1977. VISTO lo actuado en el expediente número 2240-205/77 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/76, artículo 5 de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1 .- Facúltase al Poder Ejecutivo a efectuar designaciones y adecuaciones del Personal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, dentro de los Agrupamientos previstos en la Ley Orgánica número 8686, sin sujeción a las exigencias que contiene la Ley de Personal número 8269 y su Decreto Reglamentario número 9102/74 y modificatorios, hasta tanto se proceda a la sanción de una nueva Ley de Personal. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.