Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6040
Ley 6040/1959 - AUTORIZANDO A LA SOCIEDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE BERAZATEGUI A INVERTIR EL REMANENTE DE UN SUBSIDIO.
Ley 6040 LEY 6040 Autorizando a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Berazategui, a invertir el remanente de un subsidio. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Sociedad de Bomberos Voluntarios de Berazategui, a invertir en la realización del proyectado edificio-cuartel, en el terreno de su propiedad, sito en la calle 14 Nº 440 de Berazategui, el remanente de doscientos treinta y dos mil trescientos cincuenta y ocho pesos con veinte centavos moneda nacional ($ 232.358,20 m/n ), que le corresponde en la partida acordada por Decreto-Ley número 13113 del 31 de Julio de 1957. ARTÍCULO 2.- De la suma cuyo gasto y destino se autoriza, deberá oportunamente rendir cuenta la beneficiaria. ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.