Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9904
Decreto-ley 9904/1983 - DEJANDO ESTABLECIDO LA CORRECTA NOMENCLATURA CATASTRAL DEL BIEN MENCIONADO EN EL ART.1 DE LA LEY 9757. (REF.EXPROPIACION EN SAN ISIDRO)
Estado no verificadoPublicación B.O.: 25/01/1983
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Decreto-ley 9904/1983 DECRETO-LEY 9904/83 LA PLATA, 7 de diciembre de 1983. VISTO lo actuado en el expediente número 2617-121.368/79 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar; EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Déjase establecido que la correcta nomenclatura catastral correspondiente al bien descripto en el artículo 1 de la Ley 9757 es la siguiente: Circunscripción VI, Sección G, Fracción II, Parcela 24 b. ARTICULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y Boletín Oficial y archívese.