Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 171

DESIGNA -  PABLO JAVIER GONZÁLEZ MONTANER - DIRECTOR MEDICO - HOSPITAL MUÑIZ -  MINISTERIO DE SALUD

Estado no verificadoPublicación B.O.: 01/04/2020Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 6.035, el Decreto N° 278/19, el Expediente Electrónico N° 06103225-GCABA-DGAYDRH/20, y CONSIDERANDO: Que por Decreto N° 278/19, se aceptó la renuncia, a partir del 10 de julio de 2019, presentada por la Dra. Cristina Mabel Nogueras, CUIL. N° 27-11897320-3, al cargo de Directora Médica, con carácter interino, con 44 horas semanales, del Hospital de Infecciosas "Dr. Francisco Javier Muñiz" del Ministerio de Salud, encontrándose hasta la fecha dicho cargo vacante; Que en consecuencia, el señor Ministro de Salud propicia la designación, a partir 1° de marzo de 2020, del Dr. Pablo Javier González Montaner, DNI N° 16.974.091, CUIL N° 20-16974091-8 como Director Médico, con 44 horas semanales, del Hospital de Infecciosas "Dr. Francisco Javier Muñiz" del Ministerio de Salud, de acuerdo con lo dispuesto en Ley N° 6.035 de profesionales de la Salud; Que conforme a lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el artículo 92 de la Ley N° 6.035, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desígnase, a partir del 1° de marzo de 2020, al Dr. Pablo Javier González Montaner, DNI N° 16.974.091, CUIL N° 20-16974091-8, como Director Médico, con 44 horas semanales, del Hospital de Infecciosas "Dr. Francisco Javier Muñiz" del Ministerio de Salud, reteniendo sin percepción de haberes el cargo titular de Jefe Unidad Internación dependiente de la División Neumotisiología, Partida Presupuestaria 4020.0000.MS.17.014 (P64), con 40 horas semanales de labor, del citado Hospital, de acuerdo con lo dispuesto en Ley N° 6.035 de profesionales de la Salud. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Salud y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto ambas del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Administración y Desarrollo de Recursos Humanos y a la Subsecretaría de Atención Hospitalaria del Ministerio de Salud. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós - Miguel