Nación · Ley N° 43
Ley 43 - SE AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO PARA HACER LOS GASTOS QUE DEMANDE LA APERTURA, CONSERVACION Y SEGURIDAD DE UN CAMINO CARRIL QUE COMUNIQUE LAS PROVINCIAS DEL NORTE CON EL RIO PARANA.
InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley N° 43 Ley autorizando al Poder Ejecutivo para hacer los gastos de un camino carril que comunique al Rio Paraná con las provincias del Norte. El Senado y Cámara de Diputados de la Confederación Argentina, reunidos en Congreso, sancionana con fuerza de ley .. Art. 1° Se autoriza al Poder Ejecutivo para hacer los gastos que demande la apertura, conservación y seguridad de un camino carril, que comunique las provincias del Norte con el río Paraná. Art. 2° A este objeto queda destinada la renta del papel sellado, hasta nueva resolución. Art. 3° Comuníquese al Poder Ejecutivo. Sala de sesiones del Senado en el Paraná, Capital provisoria de la Confederación á 12 de Setiembre de 1855. - RAMON ALVARADO. - Cárlos M. Saravia , Secretario.