Provincia de Buenos Aires · Ley N° 12846
Ley 12846/2002 - PRORROGA POR 180 DIAS LA LEY 12531 Y SUS MODIFICATORIAS LA LEY 12720 (TRAMITES DE LOS JUICIOS A PARTIR DE LA SENTENCIA DE TRANCE Y REMATE, OBRAS DE INFRAESTRUCTURA URBANA).
Reformas y relaciones normativas
1Ley 12846 LEY 12.846 El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de LEY Art. 1º: Prorrógase por el término de ciento ochenta (180) días corridos, la Ley 12.531, a partir del vencimiento establecido en el artículo 1º y sus modificatorias la Ley 12.720, suspendiéndose los trámites de los juicios a partir de la sentencia de trance y remate, o la ejecución de sentencias, derivados de la realización de obras municipales de infraestructura urbana en especial de gas, de agua corriente y desagües cloacales, pavimentos, adjudicadas a empresas particulares por aplicación de la Ordenanza General 165 y sus modificatorias. Art. 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintisiete días del mes de diciembre de dos mil uno. ALEJANDRO HUGO CORVATTA Vicepresidente 1º H. Senado Waldo E. Mullen Secretario "Ad Hoc" H. Senado OSVALDO JOSE MERCURI Presidente H. C. Diputados Elio Omar Bernues Prosecretario Legislativo H. C. Diputados DECRETO 118 La Plata, 23 de enero de 2002. Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese. SOLA G. O. Amieiro Registrada bajo el número doce mil ochocientos cuarenta y sies (12.846). Gines Ruiz Secretario Legal y Técnico de la Gobernación