Nación · Ley N° 366

Ley 366 - ACUERDASE AL PODER EJECUTIVO UN CREDITO SUPLEMENTARIO A LOS PRESUPUESTOS DE LOS AÑOS DE 1866 Y 1868.

Estado no verificadoSanción: 21/05/1870Publicación B.O.: 21/05/1870Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas - Argentina Ley 366 Ley acordando el Poder Ejecutivo un crédito suplementario en los presupuestos de 1866 y 1868, por la cantidad de ciento noventa y un pesos, sesenta centavos fuertes. Departamento de Hacienda Buenos Aires, Mayo 30 de 1870. Por tanto: El Senado y Cámara de la Nacion Argentina reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de Ley: Art. 1º  Acuérdase al Poder Ejecutivo un crédito suplementario á los presupuestos de los años de 1866 y 1868, hasta la cantidad de ciento noventa y un pesos, sesenta centavos fuertes, para el abono del impuesto de alumbrado de los depósitos de Aduana de Buenos Aires, y haber de un empleado del Ministerio de Hacienda que quedaron impagos, por haberse ocurrido para su cobro despues de cerrado el ejercicio de dichos años. Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de sesiones del Congreso, á veinte y uno de Mayo de mil ochocientos setenta. ADOLFO ALSINA Cárlos M. Saravia Secretario del Senado. MARIANO ACOSTA Secretario de la Cámara de Diputados.