Nación · Ley N° 23235

Ley 23235 - AUTORIZACION PARA ACEPTAR Y USAR CONDEOCRACIONES OTORGADAS POR GOBIERNOS EXTRANJEROS A VARIOS CIUDADANOS.

Estado no verificadoSanción: 05/09/1985Publicación B.O.: 25/09/1985Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina CONDECORACIONES LEY N° 23.235 Acuérdase autorización para aceptar diploma de honor y condecoraciones otorgadas a diversos ciudadanos, por gobiernos extranjeros Sancionada: Septiembre 5 de 1985. Promulgada: Septiembre 19 de 1985. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1° — Acuérdase autorización para aceptar diploma de honor y condecoraciones otorgadas por gobiernos extranjeros a los siguientes ciudadanos: 1. Cornejo Torino, Manuel: "Medalla de la Dirección de Industrias Militares”, otorgada por la República del Paraguay. 2. Martino, Mario Antonio: "Orden del Mérito Militar José Mario Córdova", otorgada por la República de Colombia. 3. Comba, Antonio: "Cruz de las Fuerzas Terrestres Venezolanas", en la segunda clase, otorgada por el gobierno de la República de Venezuela. 4. Schroter, Luis Esteban: "Medalla de Ingeniería y Diploma de Honor", otorgados por la República del Paraguay. 3. Tito, Juan Manuel: "Gran Cruz de la Orden del Mérito Militar" otorgada por el Reino de España. ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los cinco días del mes de setiembre del año mil novecientos ochenta y cinco. JUAN C. PUGLIESE VICTOR H. MARTINEZ Carlos A. Bravo Alberto J. B. Iribarne Registrada bajo el N° 23.235