Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 8757
Decreto-ley 8757/1977 - DEROGA LOS ART.2,3 Y 4 DE LA LEY 8384, EN CUANTO POR ELLOS SE DISPONE LA DONACIóN A LA UNIóN OBRERA METALúRGICA DE LA REPúBLICA ARGENTINA, SECCIONAL BAHíA BLANCA FRACCIóN DE TIERRA FISCAL UBICADA EN EL PARTIDO DE CORONEL PRINGLES.
Decreto-ley 8757/1977 DECRETO-LEY 8757/77 Derogando los artículos 2º, 3º y 4º de la Ley 8384. LA PLATA, 4 de ABRIL de 1977. VISTO lo actuado en el expediente número 4.027-162/974 y la autorización otorgada mediante la Instrucción número 1/76, artículo 1º, apartados 2.3. y 3.2., de la Junta Militar; en ejercicio de las facultades legislativas por ella conferidas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Deróganse los artículos 2º, 3º y 4º de la Ley número 8384, en cuanto por ellos se dispone la donación a la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, Seccional Bahía Blanca, de la fracción de tierra fiscal ubicada en el Partido de Coronel Pringles e individualizada catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección C, Manzana 276 b, Parcela 1. ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.