Nación · Ley N° 15224

Ley 15224 - SE AGREGA UN INCISO AL ARTICULO 2º DE LA LEY 13337.

Estado no verificadoSanción: 15/11/1959Publicación B.O.: 31/12/1959Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 15224 PREVISION SOCIAL PENSIONES — Agrégase un nuevo inciso al artículo 2º de la Ley 13.337, sobre disposiciones para peticionar peticiones. LEY Nº 15.224 Sancionada: noviembre 15 de 1959 Promulgada: diciembre 23 de 1959 POR CUANTO: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: ARTICULO 1º — Agréguese el artículo 2º de la Ley 13.337, como inciso nuevo el siguiente: Inciso g) Las personas que se encuentren incapacitadas para trabajar, víctimas de atentados o atropellos provocados por razones políticas, gremiales o actos derivados o conexos a ellas; o sus deudos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3º, incisos a), b), c) y d). ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino en Buenos Aires, a quince de noviembre de mil novecientos cincuenta y nueve. J. M. GUIDO Alejandro N. Barraza F. F. MONJARDIN Guillermo González Registrada bajo el Nº 15.224