Provincia de Buenos Aires · Ley N° 5942
Ley 5942/1958 - AUTORIZANDO LA DONACION DE MATERIALES EN DESUSO AL CLUB GIMNASIA Y ESGRIMA DE LA PLATA.
LEY 5.942 Autorizando la donación de materiales en desuso al club “Gimnasia y Esgrima”, de La Plata Departamento de Obras Públicas. El Senado y Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de— LEY: Art. 1% Autorízase al Poder Ejecutivo a entregar al “Club de Gimnasia y Esgrima de La Plata”, la cantidad de treinta y cinco mil (35.000) kilogramos de hierro perfilado y doce mil (12.000) metros lineales de tablones, que actualmente posee como material en des- uso en el depósito “Dique”, la Dirección de Arquitectura, dependiente del Ministerio de Obras Públicas de la provincia de Buenos Aires, para ser destinados a las instalaciones del estadio que esa institución posee en el Paseo del Bosque, calle 60 y 118, en la ciudad de La Plata. Art. 22 Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos: cincuenta y ocho. Hictor PORTERO. ARTURO A. CROSETTI. Máximo Miguel von Kotsch, Juan José M. Raimondi, Secretario de la C. de DD Secretario del Senado. La Plata, 17 de noviembre de 1958. Cúmplase, comuniquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. ' ALENDE. HORAOIO J. ZUBIRÍ. Decreto N° 10.169. Registrada bajo el número cinco mil novecientos cuarenta y dos. (5.942). i