Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 415
RECATEGORIZACIÓN DE PERSONAL POLICIAL - OFICIALES - ESCALAFÓN GENERAL POLICIAL - CONVENIO DE TRANSFERENCIA PROGRESIVA - POLICÍA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - POLICÍA METROPOLITANA - POLICIA FEDERAL - INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - ENTRADA EN VIGENCIA - 1 DE ENERO DE 2019
VISTO: La Ley N° 5688 (texto consolidado mediante Ley N° 6017), los Decretos Nros. 234/17 y 391/18, el Expediente N° 33077810/MGEYA-SECS/18, y CONSIDERANDO: Que entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se suscribió el "Convenio de transferencia progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", mediante el cual se dispuso el traspaso a la Ciudad de parte del personal de la Policía Federal Argentina, el que fue registrado bajo el N° 1/16 y aprobado por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires mediante Resolución N° 298/LCBA/15; Que por la Ley N° 5688 se creó la Policía de la Ciudad de Buenos Aires y se dispuso su integración, a partir del 1° de enero de 2017, con el personal de la Policía Metropolitana y el personal transferido en virtud del mencionado Convenio; Que el artículo 121 de la Ley N° 5688 establece el Escalafón General Policial y enumera en orden decreciente los grados que lo componen, siendo el más bajo el de Oficial; Que en el artículo 122 se enumeran los cuadros de oficiales en los que se estructuran los grados del Escalafón General Policial; Que la precitada Ley reguló en sus cláusulas transitorias el procedimiento de integración al Escalafón General de la Policía de la Ciudad del personal de las dos fuerzas de seguridad preexistentes; Que en este sentido, por la cláusula transitoria sexta se establecieron las equivalencias entre los grados de la Policía de la Ciudad, la Policía Federal Argentina y la Policía Metropolitana, y se dispuso que los Cabos y Cabos 1° de la Policía Federal Argentina integrarían el grado de Oficial de la Policía de la Ciudad; Que al mismo tiempo, mediante la cláusula transitoria octava se creó el grado transitorio de Oficial Ayudante en el Escalafón General Policial de la Policía de la Ciudad, conformado por quienes revistaban el grado de Agente en la Policía Federal Argentina al momento de su traspaso a la Ciudad; Que, por otra parte, mediante el Anexo II del Decreto N° 234/17 se reglamentó el procedimiento de ascenso ordinario de la Policía de la Ciudad; Que se han implementado procedimientos de ascensos y como resultado de ello, muchos de los ex Agentes, Cabos y Cabos 1° de la Policía Federal Argentina han sido promovidos al grado superior, Oficial y Oficial Primero respectivamente quedando aún al 1° de enero de 2019, personal en el grado transitorio de Oficial Ayudante, que se habrá desempeñado en el mismo durante dos años; Que a la vez, durante el mes de diciembre de 2018 egresará del Instituto Superior de Seguridad Pública la promoción anual de Cadetes que se integrarán al grado de Oficial en un escalón jerárquico superior a los Oficiales Ayudantes; Que la experiencia de dos años que han adquirido los ex Agentes transferidos a la Ciudad en el grado de Oficial Ayudante los ha dotado de las herramientas prácticas y los conocimientos necesarios para desempeñarse en el grado de Oficial de la Policía de la Ciudad; Que por ello resulta conveniente, a los efectos de ordenar definitivamente el Escalafón General Policial de la Policía de la Ciudad, acelerar el proceso de eliminación del grado transitorio de Oficial Ayudante, recategorizando a todo el personal que lo integre al 1° de enero de 2019 e incorporarlo en el grado de Oficial de la Policía de la Ciudad; Que asimismo, a los efectos de reconocer el mérito de los Oficiales Ayudantes que han ascendido al grado de Oficial mediante el procedimiento de evaluación sucesiva y selección del ascenso, resulta necesario establecer que quienes sean recategorizados en esta oportunidad, se integrarán al grado de Oficial en una ubicación escalafonaria inferior a quienes han ascendido mediante el proceso regulado en el Anexo II del Decreto N° 234/17; Que es necesario destacar que el Decreto N° 234/17 reglamenta el artículo 117 de la Ley y establece, en su Anexo I, la conformación del Orden Escalafonario dentro de cada grado, disponiendo que los egresados del Instituto Superior de Seguridad Pública se integran al Escalafón General en el último puesto del grado de Oficial; Que el sentido de esta norma consiste en colocar a quienes acaban de abandonar la condición de cadetes y adquieren la condición de policías, en el último lugar del Escalafón General de la Policía de la Ciudad, subordinados jerárquicamente al resto del personal con estado policial que en función de su mayor experiencia debe guiarlos en el ejercicio de su función pública; Que consiguientemente corresponde determinar que los Oficiales recategorizados en esta oportunidad se colocan escalafonariamente por sobre la promoción de Cadetes egresados en el mes de diciembre de 2018 a la Policía de la Ciudad; Que, en este orden de ideas, es preciso establecer el orden escalafonario del grado de Oficiales de la Policía de la Ciudad que se conformará, a partir del 1° de enero de 2019, según el siguiente orden decreciente: a) Quienes revistaron el grado de Oficial al 31 de diciembre de 2018 y no han ascendido o no han sido promovidos; b) Quienes han ascendido al grado de Oficial en el marco del procedimiento de ascenso 2018; c) Quienes resulten recategorizados en el grado de Oficial por el presente Decreto; d) Los Oficiales egresados del Instituto Superior de Seguridad Pública en el mes de diciembre de 2018; Que en virtud de la incorporación de más de 1800 Cadetes en el mes de diciembre de 2018 y de la recategorización propiciada por el presente, el grado de Oficial se incrementará en casi cinco mil efectivos alcanzando un total de más de catorce mil integrantes, de los cuales sólo 556 se encuentran en condición de ascenso en la Junta de Calificaciones; Que el grado inmediato superior, de Oficial Primero, cuenta en la actualidad con 3.495 integrantes, de los cuales una porción ascenderá el 1° de enero de 2019 al grado de Oficial Mayor, y que recibirá por ascenso un máximo de 556 personas; Que resulta notoria la desproporción numérica existente entre el grado de Oficial y Oficial Primero, los dos grados inferiores del Cuadro de Oficiales Operativos de la Policía de la Ciudad; Que una adecuada distribución y organización del trabajo dentro de la Policía requiere que exista una razonable relación numérica entre superiores e inferiores, a fin de permitir un eficaz ejercicio de la conducción y supervisión que deben ejercer los grados más altos sobre los subordinados; Que en consecuencia, resulta conveniente recategorizar a la porción de Oficiales que cuenta con mayor antigüedad y experiencia -conformada por quienes revistaban como Cabos y Cabos 1° en la Policía Federal Argentina-, colocándolos en el último lugar escalafonario del grado de Oficial Primero, a efectos de reconstituir la proporción dentro de la pirámide jerárquica en que se organizan los distintos grados del Escalafón General Policial; Que como resultado de esta recategorización, el grado de Oficial estará conformado por un total aproximado de diez mil efectivos, y el grado de Oficial Primero por un total de siete mil setecientos integrantes; Que por lo expuesto, corresponde establecer que el orden escalafonario del grado de Oficial Primero de la Policía de la Ciudad se conforma según el siguiente orden decreciente: a) Quienes revistaron en el grado de Oficial Primero durante 2018 y no ascendieron al grado de Oficial Mayor; b) Quienes ascendieron del grado de Oficial al grado de Oficial Primero en el procedimiento de ascenso 2018; c) Los Oficiales recategorizados como Oficial Primero en el artículo 2 del presente Decreto, en el orden escalafonario que tuvieron en el grado de Oficiales durante el año 2018; Que de esta forma se propicia una eficiente distribución de los recursos humanos de la Policía de la Ciudad, lo cual redundará en una mejora de la prestación del servicio público de seguridad y un incremento en la calidad de vida de los vecinos de la Ciudad; Que por Decreto N° 391/18 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo; Que ha tomado intervención la Dirección General Administrativa y Legal de Seguridad, Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Establécese la recategorización del personal que al 1° de enero de 2019 integre el grado de Oficial Ayudante de la Policía de la Ciudad, en el grado de Oficial, en el orden escalafonario establecido en el artículo 3° del presente Decreto. Artículo 2°.- Establécese la recategorización en el grado de Oficial Primero de la Policía de la Ciudad del personal que ha revistado con el grado de Cabo y Cabo 1° en la Policía Federal Argentina, que por aplicación de la cláusula transitoria sexta de la Ley N° 5688, fue incorporado a la Policía de la Ciudad con el grado de Oficial y que al 1° de enero de 2019 no haya ascendido, en el orden escalafonario establecido en el artículo 4° del presente Decreto. Artículo 3°.- Apruébase, a partir del 1° de enero de 2019, el orden escalafonario del grado de Oficial de la Policía de la Ciudad el que se conforma según el siguiente orden decreciente 1. Quienes revistaron en el grado de Oficial durante 2018 y no han ascendido en el proceso de ascenso 2018, ni han sido recategorizados como Oficiales Primero por este Decreto, en el orden escalafonario que tienen por aplicación del Anexo I del Decreto N° 234/17; 2. Los Oficiales Ayudantes que asciendan al grado de Oficial en el procedimiento de ascenso 2018, de acuerdo al régimen establecido en el Anexo II del Decreto N° 234/17, en el orden escalafonario determinado por el Orden de Mérito de la Junta de Calificaciones, conforme lo establecido en el Anexo I del Decreto N° 234/17; 3. Los Oficiales Ayudantes recategorizados en el grado de Oficial por el artículo 1 del presente Decreto, en el orden escalafonario que tuvieron en el grado de Oficial Ayudante en 2018; 4. Los Cadetes egresados del Instituto Superior de Seguridad Pública en diciembre de 2018, en el orden escalafonario establecido por el Orden de Mérito obtenido al egreso, conforme lo dispuesto en el Anexo I del Decreto N° 234/17. Artículo 4°.- Apruébase, a partir del 1° de enero de 2019, el orden escalafonario del grado de Oficial Primero de la Policía de la Ciudad, el que se conforma según el siguiente orden decreciente: 1. Quienes revistaron en el grado de Oficial Primero durante 2018 y no ascendieron al grado de Oficial Mayor, en el orden escalafonario que tienen por aplicación del Anexo I del Decreto N° 234/17; 2. Quienes ascendieron del grado de Oficial al grado de Oficial Primero en el procedimiento de ascenso 2018, de acuerdo al régimen establecido en el Anexo II del Decreto N° 234/17, en el orden escalafonario determinado por el Orden de Mérito de la Junta de Calificaciones, conforme lo establecido en el Anexo I del Decreto N° 234/17; 3. Los Oficiales recategorizados como Oficial Primero por el artículo 2 del presente Decreto, en el orden escalafonario que tuvieron en el grado de Oficiales durante el año 2018. Artículo 5°.- Facúltase al ViceJefe de Gobierno, conforme lo instituido por el Decreto N° 391/18, a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que fueren necesarias para la aplicación del presente Decreto. Artículo 6°.- El presente Decreto surte efectos a partir del 1° de enero de 2019. Artículo 7°.- El presente Decreto es refrendado por el señor ViceJefe de Gobierno (Decreto N° 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 8°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Secretaría de Seguridad, a la Secretaría de Administración de Seguridad, a la Jefatura de la Policía de la Ciudad, a la Dirección General de Administración de Recursos Humanos de Seguridad del Ministerio de Justicia y Seguridad y al Instituto Superior de Seguridad Pública y para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle COMPLEMENTA LEY 5688 2016 <p>El Decreto 415-18 establece la recategorización del personal incorporado a la Policía de la Ciudad en virtud de las Cláusulas Transitorias de la Ley 5688, a partir del 1º de enero de 2019. </p> COMPLEMENTA DECRETO 234 2017 <p>Decreto 415-18 establece la recategorización del personal incorporado a la Policía de la Ciudad en virtud de las distintas Cláusulas Transitorias de la Ley 5688 (reglamentadas mediante los