Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 6627
DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN - INMUEBLE - ÁLVAREZ JONTE 3222/24/32 - CIRCUNSCRIPCIÓN 15 - SECCIÓN 79 - MANZANA 145A - PARCELA 4A
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble sito en la Avenida Álvarez Jonte N° 3.222/24/32, identificado catastralmente como Circunscripción 15, Sección 79, Manzana 145a, Parcela 4a, de acuerdo a lo establecido en la Ley 238 (texto consolidado por Ley 6588). Art. 2°.- El inmueble individualizado en el artículo 1° de la presente ley será afectado a la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, con destino a la creación de un espacio verde de uso público, acceso libre y gratuito. Art. 3°.- El diseño del espacio verde contemplará el tratamiento estético y/o arquitectónico de los muros medianeros. Se brindará asesoramiento a los vecinos linderos sobre las condiciones legales para la apertura de vanos. Art. 4°.- La determinación del precio de los bienes sujetos a expropiación se hará de acuerdo a la tasación del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, según lo establecido por el artículo 11 de la Ley 238 (texto consolidado por Ley 6588) Art. 5°- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley se imputarán al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondiente al Ejercicio vigente. Art. 6°.- Comuníquese, etc. Ferrario - Schillagi Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle PROMULGADA POR DECRETO 106 2023