Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 167
Decreto-ley 167/1956 - (DEC-LEY 167/56) DEROGA ARTICULOS DEL CODIGO FISCAL Y ART. 20 DE LA LEY IMPOSITIVA 1954 Y 1955, PRORROGADA POR LEY 5855.
Reformas y relaciones normativas
3DECRETO-LEY N° 167 La Plata, 10 de enero de 1958, Visto el expediente 2.300 - 3.103/56, del Ministerio de Hacienda, Economia y-Previsión; y — Considerando: Que el impuesto de Turismo Social gravá los gastos de: hospe- daje, consumiciones y servicios similares, contribuyendo, en conse- cuencia, en forma directa, a aumentar los precios de los mismos. Que es necesario, pues, proceder a su derogación, toda vez que esta medida participa de la política actual de gobierno de propende. al abaratamiento de los precios de consumo. Que, por ‘Ultimo, siendo un medio para lograr lá recuperación económica, que el país necesita, la. atenuación de las cárgas fiscales que inciden sobre lá población, la derogación de dicho gravamen con- tribuirá a hacer efectivos los propósitos del Gobierno de ia Revolu- . ción Libertadora tendiente al objetivo enunciado. Por ello, atento lo dictaminado por la Dirección General dé Asun- tos Legales del Ministerio de Hacienda, Economía y Previsión y por la Asesoría General de Gobierno, el Interventor National en la pro- vincia de Buenos Aires en Acuerdo General de Ministros — DECRETA CON FUERZA DE LEY: Art. 19 Deróganse los artículos 172° a 1749 del Código Fiscal (T. O. 1954) y artículo 20° de la Ley Impositiva para 1954-1955. (T. O. 1954) prorrogada por la ley. 5.855. Art. 22 Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese. BONNECARRERE, E. CortÉs, I. C, ZUBERBUHLER, J. M. MarHet, E. .G. AGUILERA, Juan Canter, RODOLFO A. EYHERABIDE. .