Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 3265
Decreto-ley 3265/1957 - (DEC-LEY 3265/957)DECLARANDO DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETA A EXPROPIACION,FRACCION DE TIERRA EN BARADERO.
|| DECRETO - LEY N° 3.265 | if Declarando de utilidad publica y sujeta a expropiacion, fracción de tierra en Baradero | La Plata, 28 de febrero de 1957. i Visto el expediente 1.461.011, del afio 1954 y agregado 2.400 - 6.480,. del año 1956, del Ministerio de Obras Públicas, y — ' Considerando: Que atento lo dispuesto por el artículo 3° de la Ley General de IN: Expropiaciones 5.708, corresponde dictar un decreto-ley que declare | | la utilidad pública de la superficie de 347,34 m2 de tierra, ubicada. | | en la circunscripción II, sección A, quinta 17, del partido de Baradero, i} | de propiedad del señor Miguel Deogracia Caviglia, afectada por las o obras de perforación de un pozo para atender el servicio de aguas. | i . corrientes en la ciudad del mismo nombre. i | . Que a foja 10 se acompafia el contrato de compraventa por el i que el propietario transfiere el inmueble de referencia al Fisco de i la provincia de Buenos Aires, en la suma total de $ 5.196,21 ™. dq Por ello, atento lo informado por el Ministerio de Obras Publicas, | la Dirección General del Registro de la Propiedad y la Contaduría q de la Provincia, lo dictaminado por el señor Asesor General de Go- k bierno y la vista del señor Fiscal de Estado, el Interventor Federal a en la provincia de Buenos Aires, en ejercicio del Poder Legislativo — | ty DECRETA CON FUERZA DE LEY: | Art. 19 Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, la. i fracción de tierra de propiedad del señor Miguel Deogracia Caviglia, | ubicada en la circunscripción II, sección A, Quinta 17, del partido | A de Baradero, con una superficie de trescientos cuarenta y siete metros: \f cuadrados con treinta y cuatro decímetros cuadrados (347,34 m2), ij y afectada por las obras de perforación de un pozo para atender el ser-- ij . vicio de aguas corrientes en la ciudad del mismo nombre, en la for- id ma que ilustra el plano de foja 7, cuya característica es: 9-53-53. J + Art. 22 Atento lo dispuesto por el articulc anterior, apruébase el contrato de compraventa obrante a foja 10, por el que el propietario { Ñ transfiere el inmueble en cuestión al Fisco de la provincia de Bue- | nos Aires, en la suma total de cinco mi] ciento noventa. y seis pesos. | Y i | \ | ql : | | i | I MA | Sp | A IE nw perenne deca ebnuted | ia til i | a — 168 — a p | ‘con veintiún centavos moneda nacional ($ 5.196,21 %), en concepto if | de precio de la tierra y total indemnización. |, Art, 3° Líbrese orden de pago por separado -para que por la Te- UN sorería de la Provincia, previa intervención de la Contaduría de la | i | Provincia, se proceda a depositar en el Banco de la Provincia de Bue- il nos Aires, en la cuenta “Expropiaciones” a la orden conjunta del |, señor Ministro de Obras Públicas y de don Miguel Deogracia Cavi- ye | glia, la cantidad de cinco mil ciento noventa y seis pesos con veintiún | ; | ‘centavos moneda nacional ($ 5.196,21 4), importe de la compraventa i que se aprueba por el artículo anterior, debiendo comunicar la repar- 5 tición primeramente mencionado al Ministerio de Obras Públicas, la Ñ | fecha en que se efectúe el depósito ordenado. i | Art. 49 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto Mt por el presente se atenderá con la siguiente imputación: ley 5.712, | Plan de Inversiones del Estado 1956, Capítulo III, Título 4, Subti- 1] | tulo A, Rubro Funcional I, Unidad Funcional 3, Realización Unica. i | Art. 5° Cumplido lo ordenado por el artículo 3% se remitirán estos i | | actuados a la Escribanía General de Gobierno para que, con interven- il ción del Registro de la Propiedad, proceda a inscribir como del do- i | minio del Fisco de la provincia de Buenos Aires, la fracción de tierra dl | adquirida; fecho, deberá hacerse entrega al interesado del importe i | que le corresponde, bajo constancia legal de recibo y previo libra- a | miento de la orden respectiva. | | Art. 6% El presente decreto-ley será refrendado por todos los if ministros secretarios en Acuerdo General. YW Art. 79 Previa notificación del señor Fiscal de Estado, comuni- ‘ | | quese, publiquese, dése al Registro y “Boletin Oficial’, debiendo | | comunicarse oportunamente a la Honorable Legislatura. WM BONNECARRERE. | | Jame E. Ruiz, JUAN R. AGUIRRE LANARI, A E. Cortés, RODOLFO A. EYHERABIDE, 1 E. Z. DE DECURGEZ, A. R. REYNAL O'CONNOR, i