Provincia de Buenos Aires · Ley N° 13610

Ley 13610/2006 - MODIFíQUESE EL ART.1 Y DEROGA ART.2 Y 3 DE LA LEY 12387. REF:CONDONANDO DEUDAS IMPUESTO INMOBILIARIO Y DE OBRAS SANITARIAS DE INMUEBLES REGULARIZADOS POR RÉGIMEN DE LA LEY NACIONAL 24374 -INMUEBLES URBANOS. RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DOMINIAL.-

Estado no verificadoPublicación B.O.: 09/01/2007
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Ley 13610 LEY 13610 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Modifíquese el artículo 1° de la Ley 12.387, el que quedará redactado de la siguiente forma: Artículo1.- Condónase la deuda por Impuesto Inmobiliario y de Obras Sanitarias de todos aquellos inmuebles que hubiesen sido regularizados en el marco del régimen establecido por la Ley Nacional 24.374. El beneficio dispuesto en el párrafo anterior comprenderá las deudas que hubieran vencido hasta la inscripción del acta notarial o de la escritura traslativa de dominio prevista en el artículo 6° incisos e) y h) de la Ley Nacional 24.374, respectivamente.” ARTICULO 2.- Deróguense los artículos 2° y 3° de la Ley 12.387. ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.