Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 175

SUSPENDE SANCIÓN - CESANTÍA - SANTA MARÍA DE LAS MERCEDES MACELLARI  - GCBA - RECURSO DIRECTO DE REVISIÓN - CESANTÍAS Y EXONERACIONES DE EMPLEADOS PÚBLICOS - MINISTERIO DE EDUCACIÓN E INNOVACIÓN

Estado no verificadoPublicación B.O.: 23/05/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley N° 189 (texto Consolidado por Ley N° 6.017), el Decreto N° 100/18, el Expediente Electrónico N° 12604279-GCABA-PG/19, y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto N° 100/18 se sancionó con cesantía a la agente Santa María de las Mercedes Macellari (F.C. N° 400.367); Que la señora Santa María de las Mercedes Macellari interpuso en sede judicial el recurso de revisión previsto en el artículo 464 del Código Contencioso Administrativo y Tributario (Ley N° 189 texto consolidado por Ley N° 6.017); Que, sin perjuicio del recurso referido, la Sra. Santa María de las Mercedes Macellari peticionó como medida cautelar que "...se suspendiera la aplicación de la sanción y se ordenara al GCBA que la reincorporara a la planta permanente en el marco de una licencia ordinaria por enfermedad de largo tratamiento, hasta tanto la dirección de Medicina del Trabajo la evaluase..."; Que, como consecuencia de ello, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contenciosos Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los autos "Macellari, Santa María de las Mercedes contra GCBA sobre Recurso Directo de Revisión por Cesantías y Exoneraciones de empleados públicos" (ART. 464 Y 465 CAYT- Exp 637/2019-0) resolvió "...Hacer lugar a la medida cautelar solicitada y, en consecuencia, suspender la sanción dispuesta por el decreto 100/18 y ordenar al GCBA que en el plazo de diez (10) días, disponga un relevamiento de la situación de la agente Santa María de las Mercedes Macellari, a fin de que la reincorpore a las labores que estime corresponder o evalúe la posibilidad de otorgar licencia en virtud de la patología denunciada"; Que atento a lo expuesto y en cumplimiento con lo resuelto por la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contenciosos Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Que la Procuración General de la Ciudad ha intervenido en el ámbito de sus competencias según Ley N° 1218. Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Suspéndase la sanción dispuesta por el Decreto N° 100/18 conforme los términos de la medida cautelar dictada por Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contenciosos Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los autos "Macellari, Santa María de las Mercedes contra GCBA sobre Recurso Directo de Revisión por Cesantías y Exoneraciones de empleados públicos" (ART. 464 Y 465 CAYT- Exp 637/2019-0) con fecha 16 de abril de 2019. Artículo 2°.- Establécese que el Ministerio de Educación e Innovación y el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de sus organismos competentes, deberán arbitrar las medidas necesarias a los fines que se disponga un relevamiento de la situación de la señora Santa María de las Mercedes Macellari, para su reincorporación laboral u otorgamiento de licencia en virtud de la patología denunciada en el expediente judicial referido en el artículo 1° del presente Decreto, conforme los términos de la medida cautelar reseñada. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Educación e Innovación, el señor Ministro de Economía y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional del Ministerio de Educación e Innovación, a la Procuración General de la Ciudad, y a la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contenciosos Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese al agente Santa María de las Mercedes Macellari en los términos del artículo 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobada por Decreto N° 1.510/97 dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6.017) Cumplido. Archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Acuña - Mura - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle SUSPENDE DECRETO 100 2018 <p>Art. 1 del Decreto suspende la sanción impuesta a Macellari, Santa María de las Mercedes, dispuesta por el Decreto 100-18.</p>