Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8134

Ley 8134/1973 - DEROGANDO LEY 139 DEL 28 DE JULIO DE 1857. DECLARACION DE REO DE LESA PATRIA Y CONFISCACION DE BIENES DE DON JUAN MANUEL DE ROSAS.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 29/11/1973
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Ley 8134 LEY 8134 Derogando la Ley 139 del 28 de Julio de 1857. EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Derógase expresamente la Ley 139 del 28 de Julio de 1857, dictada por una pasión antiargentina, no obstante la notoria ilegalidad de la misma. ARTICULO 2.- Declárase que el Brigadier General don Juan Manuel de Rosas, merece el pleno reconocimiento de los argentinos por su obra de reconstrucción nacional, defensa de la soberanía, liberación económica y espíritu americanista, desarrollada como Gobernador de la Provincia en los períodos 1829-1832 y 1835-1852, desempeñando al mismo tiempo el encargo de las relaciones exteriores de la Confederación Argentina, y desde el 13 de Julio de 1832 el de Jefe Supremo de la misma, al disolverse la Comisión Representativa establecida por el Pacto Federal de 1831, y pasar sus atribuciones, establecidas en el artículo 16 del citado Pacto, al Gobernador de Buenos Aires. ARTICULO 3.- Esta reivindicación del Brigadier General don Juan Manuel de Rosas por los representantes y gobierno de su Provincia, no debe encubrir propósitos mezquinos; por lo tanto se declara que las disposiciones de la mencionada Ley 139 y del Decreto del 16 de Febrero de 1852 que expropiaron sus bienes, no sufrirán alteración alguna. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.