Nación · Ley N° 14086

Ley 14086 - ARANCEL DEL BOLETIN JUDICIAL.

Estado no verificadoSanción: 30/09/1951Publicación B.O.: 06/11/1951Organismo: HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente oficial: InfoLEG. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Ley 14.086 ARANCEL DEL BOLETIN JUDICIAL. BUENOS AIRES, 30 de septiembre de 1951 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. SANCIONAN CON FUERZA DE LEY. Artículo 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para que fije el arancel del Boletín Judicial y realizar las adquisiciones de maquinarias y/o reparaciones necesarias para la impresión del mismo en los talleres de la Penitenciaría Nacional. Art.2.- Deróganse las disposiciones de la ley 11.582 y demás en vigor que se opongan a la presente. Art. 3.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente se atenderán de rentas generales con imputación a la misma. Art. 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. TEISAIRE - Reales - CAMPORA - Zavalla Carbó