Provincia de Buenos Aires · Ley N° 8195

Ley 8195/1974 - (DEROGADA POR LEYES 9431 Y 11452) ACTUALIZANDO MONTOS ESTABLECIDOS EN EL ART. 1 DE LA LEY 6992 (PENSIONES GRACIABLES A MARIA CARMEN, MARIA ELENA Y MARTA BENOIT GRANADA).

Derogada verificadaPublicación B.O.: 29/08/1974
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 8195 DEROGADA POR LAS LEYES 9431 Y 11452 LEY 8195 Actualizando los montos establecidos en el artículo 1º de la Ley 6992. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTÍCULO 1.- Se actualiza el monto establecido por el artículo 1º de la Ley 6992 en el resultante de la aplicación del 50 % al salario mínimo para el personal de la Administración Pública Provincial. ARTÍCULO 2.- Tal monto será ajustable automáticamente teniendo en cuenta los aumentos que sufra dicho salario. ARTÍCULO 3.- El aumento que se establece entrará a regir con re­troactividad al 1º de Julio de 1973, debiendo abonarse la diferencia por intermedio del Instituto de Previsión Social. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.