Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 75
DESESTIMA - RECURSO JERÁRQUICO SUBSIDIARIO DEL DE RECONSIDERACIÓN - CONTRA RESOLUCIÓN N° 1063-MJYSGC/18 - WALTER JAVIER ARANDA - BAJA DEFINITIVA - POLICÍA DE LA CIUDAD
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 y la Ley N° 5.688 (textos consolidados según Ley N° 6.588), las Resoluciones Nros. 1063-MJYSGC/18 y 579-MJYSGC/19; los Expedientes Electrónicos Nros. 19244330 MGEYA-DGARHS/18 y 32437990-MGEYA-DGTALMJYS/18 y CONSIDERANDO: Que por el expediente Electrónico citado en el Visto y su incorporado tramita el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración interpuesto por el entonces Oficial Primero Walter Javier Aranda (D.N.I N° 30.829.190) contra la Resolución N° 1063- MJYSGC/18 que dispuso su baja definitiva de la Policía de la Ciudad, conforme las previsiones de los artículos 207, inc.2) y 211 inc.3) ambos de la ley N° 5.688; Que por Resolución N° 579-MJYSGC/19 el titular del Ministerio de Justicia y Seguridad desestimó el recurso de reconsideración; Que se notificó al recurrente la posibilidad de mejorar los fundamentos al recurso jerárquico subsidiario, conforme los términos del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que cumplido el plazo legal y no habiéndose realizado presentación alguna tendiente a ampliar o mejorar los fundamentos expresados en el recurso de reconsideración, corresponde tener por reproducidos los fundamentos plasmados en la Resolución N° 579-MJYSGC/19; Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención de su competencia expresando que "...el Proyecto de Resolución obrante en el orden 79 deberá adecuarse a lo aconsejado por este Órgano de la Constitución rechazando el recurso jerárquico en subsidio con fundamento en el punto III del Dictamen Jurídico IF 2019-8462681/GCABA-DGEMPP (orden 42)."; Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en estas actuaciones y lo aconsejado por la Procuración General corresponde desestimar el recurso incoado. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Desestimar el recurso jerárquico, subsidiario del de reconsideración interpuesto por el señor Walter Javier Aranda (D.N.I N° 30.829.190) contra la Resolución N° 1063-MJYSGC/18. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado con copia de los Dictámenes Jurídicos IF-2019-18462681-GCABA- DGEMPP y PV-2019-37368850-GCABA-DGEMPP dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual dentro del plazo de diez (10) días hábiles podrá interponerse recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/1997 (texto consolidado según Ley N° 6.588) y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Miguel