Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 219
SE OTORGA CARÁCTER DE ADMINISTRADORA - SECTOR PARQUE OLÍMPICO - CORPORACIÓN BUENOS AIRES SUR SE - PLAZO - ARROYO CILDAÑEZ - 27 DE FEBRERO Y AUTOPISTA PRESIDENTE HÉCTOR JOSÉ CÁMPORA - PARQUE POLIDEPORTIVO JULIO A ROCA - AVENIDA CORONEL ROCA 3980
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la LeyNro.470(texto consolidado por Ley N° 6.017), los Decretos N° 1.814/00, N° 768/03 y N° 308/2016, el Expediente Electrónico N° 2019-13222232-GCABA-DGABC, y CONSIDERANDO: Que por el presente actuado se propicia a otorgar a la Sociedad del Estado Corporación Buenos Aires Sur S.E., la administración del sector mayormente conocido como "Parque Olímpico" Parque Polideportivo Julio A. Roca, sito en la Avenida Coronel Roca Numero 3980 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 58, Manzana: 14 H); Que la Sociedad del Estado Corporación Buenos Aires Sur, creada por Ley N° 470 (texto consolidado por Ley N° 6.017), tiene por objeto favorecer el desarrollo humano, económico y urbano integral de la zona denominada Área de Desarrollo Sur en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de compensar las desigualdades zonales dentro del territorio de la Ciudad; Que la mencionada Sociedad, colabora con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el cumplimiento del plan estratégico de revitalización y renovación urbana de la zona sur de la Ciudad; Que por Decreto N° 308/2016 se otorgó a la citada Corporación, por el plazo de cincuenta y cinco (55) meses, contados a partir del 30 de abril de 2016, el carácter de Administradora, respecto del Sector "C" del Parque Polideportivo Julio A. Roca; Que, en este sentido, corresponde otorgar la administración del sector mayormente conocido como "Parque Olímpico" - delimitado por las Avenidas Coronel Roca, Arroyo Cildañez, 27 de Febrero y la Autopista Presidente Héctor José Cámpora - a la Corporación Buenos Aires Sur en el entendimiento que la misma contribuirá a potenciar el Área de Desarrollo Sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que siendo un bien del dominio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; resulta pertinente dictar el acto administrativo correspondiente, otorgando a la Sociedad del Estado Corporación Buenos Aires Sur el carácter de Administradora del "Parque Olímpico"; Que la Corporación Buenos Aires Sur S.E. intervino mediante Nota N° 2019- 13433182-GCABA-CBAS, prestando expresa conformidad a la prosecución de la transferencia en cuestión; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención de su competencia en virtud de lo establecido en la Ley N° 1.218 (texto consolidado por ley N° 6017). Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1°.- Otórgase a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. por el plazo de UN (1) año, el carácter de Administradora del sector mayormente conocido como "Parque Olímpico" -delimitado por las Avenidas Coronel Roca, Arroyo Cildañez, 27 de Febrero y la Autopista Presidente Héctor José Cámpora-, del Parque Polideportivo Julio A. Roca, sito en la Avenida Coronel Roca Numero 3980 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 58, Manzana: 14 H). Artículo 2°.- El presente decreto es refrendado por los Señores Ministros de Desarrollo Urbano y Transporte y de Economía y Finanzas y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Corporación Buenos Aires Sur S.E. y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Concesiones y Permisos, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA Moccia - Mura - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle COMPLEMENTA DECRETO 308 2016 <p>Art. 1 del Decreto 219-19 otorga a la Corporación Buenos Aires Sur SE el carácter de Administradora del sector mayormente conocido como Parque Olímpico -delimitado por las Avenidas Coronel Roca, Arroyo Cildañez, 27 de Febrero y la Autopista Presidente Héctor José Cámpora-, del Parque Polideportivo Julio A. Roca, sito en la Avenida Coronel Roca Numero 3980 (Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 58, Manzana: 14 H), Considerando el Decreto 308-16.</p> COMPLEMENTADA POR DECRETO 259 2020 <p>Art. 1 del Decreto N° 259/20 otorga a partir del 15 de junio de 2020 y por el plazo de CINCO (5) años a la Corporación Buenos Aires Sur S.E., el carácter de Administradora del sector conocido como “Parque Olímpico” del Parque Polideportivo Julio A. Roca.</p>