Provincia de Buenos Aires · Ley N° 10347

Ley 10347/1985 - DECLáRASE DE UTILIDAD PúBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIóN UN PREDIO EN LA LOCALIDAD DE LOMAS DEL MIRADOR, PARTIDO DE LA MATANZA; QUE SERá DESTINADO A UNA PLAZA PúBLICA.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 13/12/1985
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 10347 LEY 10347 Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 10578. EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el predio circundado por las calles Naón, Avenida General Paz, Dorrego y General Campos, de la localidad de Lomas del Mirador, Partido de La Matanza; identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Parcelas 1, 2, 3 y 4; Manzana 203; propiedad de la Firma Emebé S.A.C.F.A.I.M., con domicilio en Avenida Roque Sáenz Peña N° 615, Piso 10 de Capital Federal. ARTICULO 2.-

(Texto según Ley 10578)

El inmueble afectado por esta ley será destinado a una plaza pública con el propósito de esparcimiento de la población y fines recreativos. ARTICULO 3.-

(Texto según Ley 10578)

Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados con cargo a Rentas Generales. ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.