Nación · Decreto-ley N° 20135
Decreto/ley 20135 - PROHIBICIONES EN LAS CONTRATACIONES ENTRE ORGANISMOS O REPARTICIONES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL.
SAIJ - InfoLEG - Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Argentina Decreto Ley 20.135/44 PROHIBICIONES EN LAS CONTRATACIONES ENTRE ORGANISMOS O REPARTICIONES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL. BUENOS AIRES, 29 de julio de 1944 *ARTICULO 1. - En las licitaciones públicas o privadas que se lleven a cabo en la Administración Nacional, no podrán intervenir reparticiones nacionales, inclusive las autárquicas. ARTICULO 2. - Las oficinas de compras de la Administración Nacional, incluídas las de las reparticiones autárquicas, podrán adquirir directamente los artículos que otras dependencias nacionales están en condiciones de proveer. *ARTICULO 3. - Las compras efectuadas directamente entre dependencias nacionales se aprobarán, cualquiera sea su monto, por resolución ministerial o pronunciamiento favorable de los organismos autárquicos cuando se trate de adquisiciones con destino a sus reparticiones. ARTICULO 4. - Comuníquese, etc. FARRELL - Ameghino - Perón - Mason - Echeverry Boneo - Teisaire.