Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 132

SE DESESTIMA RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN 614-MJYSGC-14 - OFICIAL PRIMERO GABRIEL EDUARDO GÓMEZ -  ALTA EN LA POLICÍA METROPOLITANA - OTORGAMIENTO DEL ESTADO POLICIAL - JERARQUÍA DE OFICIAL

Estado no verificadoPublicación B.O.: 10/04/2019Organismo: GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Fuente oficial: Boletín Oficial CABA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley N° 6017), el Decreto N° 391/18, las Resoluciones N° 614/MJYSGC/2014 y N° 764/MJYSGC/2015, y el Expediente Electrónico N° 14476675/MGEYA/SII/2014, y; CONSIDERANDO: Que, por los presentes actuados tramita el recurso jerárquico en subsidio, interpuesto por el Oficial Primero Gabriel Eduardo Gómez (L.P. 5193-DNI 28.707.943) contra la Resolución N° 614/MJYSGC/2014, que dispuso su alta en la Policía Metropolitana y el otorgamiento del estado policial del nombrado, asignándole la jerarquía de Oficial a partir del día 05/08/2014; Que por Resolución N° 764-MJYSGC/2015, el titular del Ministerio de Justicia y Seguridad desestimó el Recurso de Reconsideración interpuesto por el agente, contra la Resolución N° 614/MJYSGC/2014, en los términos del artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, con fecha 21 de febrero de 2017, se notificó al recurrente el arribo de los actuados a esta Instancia y su posibilidad de mejorar o ampliar los fundamentos del recurso jerárquico incoado en subsidio del de reconsideración dentro del plazo de 5 (cinco) días, conforme los términos del actual artículo N° 111 in fine de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que habiendo vencido el plazo fijado por ley, el recurrente no hizo uso de su derecho, por lo que corresponde resolver el recurso jerárquico que opera en subsidio con los elementos oportunamente aportados; Que a tenor de lo expuesto, las constancias obrantes en autos y lo dictaminado por la Procuración General mediante los IF N° 2015-34181959-DGEMPP e IF N° 2017- 09206912-DGEMPP, corresponde el rechazo del recurso incoado. Que asimismo, se deja constancia que por Decreto N° 391/2018 se encomendó con carácter ad honorem, al Vicejefe de Gobierno, señor Diego César Santilli, las atribuciones necesarias para conducir y coordinar el Ministerio de Justicia y Seguridad, en el cumplimiento de los objetivos asignados al mismo; Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Desestímase el Recurso Jerárquico, interpuesto en subsidio del de reconsideración, incoado por el Oficial Primero Gabriel Eduardo Gómez (L.P. 5193- DNI 28.707.943) contra la Resolución N° 614/MJYSGC/2014. Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Vicejefe de Gobierno (Decreto 391/18) y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado en los términos de los artículos 62 y 63 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejando constancia que el presente acto agota la instancia administrativa, sin perjuicio de lo cual podrá interponer recurso de reconsideración en los términos del artículo 123 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ( texto consolidado según Ley N° 6017), y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Digitally signed by Diego César RODRÍGUEZ LARRETA - Santilli p/p - Miguel Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle INTEGRA RESOLUCIÓN 614 2014 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD <p>Art. 1 del Decreto 132-19 desestima el Recurso Jerárquico, interpuesto en subsidio del de reconsideración, incoado por el Oficial Primero Gabriel Eduardo Gómez contra la Resolución 614-MJYSGC-2014.</p>