Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6904
Ley 6904/1964 - EXPROPIACION DE FRACCION DE TERRENO EN BARADERO PARA JARDIN DE INFANTES Nº 1.
Ley 6904 LEY 6904 Expropiación de fracción de terreno en Baradero para Jardín de Infantes Nº 1. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de terreno ubicada en el partido de Baradero, designada catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Quinta 45, Manzana 45 b, Parcela 6 e inscripta en el Registro de la Propiedad en el folio 108/1945, y Declaratoria de Herederos en el folio 10.185, año 1957, a nombre de Leonardo Edutis y Putalla y Leonard Edutis, o quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios, con destino a la construcción y habilitación de un edificio para el funcionamiento del Jardín de Infantes Nº 1 del citado distrito. ARTÍCULO 2.- La presente Ley, que se declara de urgencia se apartará de lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley General de Expropiaciones. ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Anexo XIII, Crédito para el cumplimiento de leyes especiales del Presupuesto de Capital vigente. ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.