Provincia de Buenos Aires · Ley N° 14614
Ley 14614/2014 - SUPRIME LOS MINISTERIOS PúBLICOS DEL TRABAJO DE AVELLANEDA,BRAGADO,TRES ARROYOS Y ZáRATE, CREADOS POR LEY 5178.CREA CARGOS EN DEPARTAMENTOS JUDICIALES.MODIFICA LA LEY 5827, ORGáNICA DEL PODER JUDICIAL.(ASESOR DE INCAPACES-AGENTES FISCAL-BAHíA BLANCA-OTROS
Reformas y relaciones normativas
1Ley 14614 LEY 14614 EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1°.- Suprímense los Ministerios Públicos del Trabajo de Avellaneda, Bragado, Tres Arroyos y Zárate, creados por la Ley N ° 5.178, en la medida que se produzcan las respectivas vacantes. ARTÍCULO 2°.- Créanse los siguientes cargos de Asesor de Incapaces: Departamento Judicial Bahía Blanca: un (1) cargo con sede en la ciudad de Tres Arroyos. Departamento Judicial Zárate-Campana: un (1) cargo con sede en la ciudad de Zárate. Departamento Judicial Avellaneda-Lanús: un (1) cargo con sede en la ciudad de Avellaneda. Departamento Judicial San Isidro: un (1) cargo con sede en la ciudad de Pilar y un (1) cargo con sede en la ciudad de Tigre. ARTÍCULO 3°.- Créase un (1) cargo de Agente Fiscal en el Departamento Judicial Mercedes, con sede en la ciudad de Mercedes. ARTÍCULO 4°.- Suprímese del quinto párrafo del inciso b) del artículo 7 de la Ley N ° 5.827 (T.O. por Decreto N° 3.702/92) y modificatorias, la expresión “Los Agentes Fiscales también desempeñarán funciones de Asesor de Incapaces.” ARTÍCULO 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata , a los dieciséis días del mes de julio de dos mil catorce.