Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Decreto N° 98
APRUEBA - PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES - AUTORIZA - LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA DE ETAPA ÚNICA N° 7192-0012-LPU24 - CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN Y DISTRIBUCIÓN - PRODUCTOS LÁCTEOS - DESTINADO AL SERVICIO DE DESAYUNOS Y/O MERIENDAS - PARA LOS ALUMNOS - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - GESTIÓN ESTATAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - PERÍODO COMPRENDIDO DESDE EL PERFECCIONAMIENTO DE LA ORDEN DE COMPRA Y HASTA EL ÚLTIMO DÍA HÁBIL DEL CICLO LECTIVO 2027
VISTO: Las Leyes Nros. 1.218, 2.095 (textos consolidados por Ley N° 6.588), modificada por Ley N° 6.647 y 6.684, el Decreto Reglamentario N° 129/23, la Disposición N° 333-DGCYC/23, el Expediente Electrónico N° 04314351-GCABA- DGSE/24, y CONSIDERANDO: Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita la Licitación Pública de Etapa Única N° 7192-0012-LPU24, cuyo objeto es la contratación del servicio de Provisión y Distribución de Productos Lácteos, destinados a la elaboración de desayunos y/o meriendas de los alumnos de Establecimientos Educativos de gestión estatal dependientes del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para el período comprendido desde el perfeccionamiento de la orden de compra y hasta el último día hábil del Ciclo Lectivo 2027, conforme lo previsto en el artículo 106 de la Ley N° 2.095, y lo establecido en la Agenda Educativa aprobada por el Ministerio de Educación, en un todo de acuerdo con los términos de los artículos 32 y 33 de la Ley N° 2.095 modificada por Ley N° 6.647, y su Decreto Reglamentario N° 129/23 y cuyo presupuesto oficial asciende a la suma de pesos treinta y cinco mil seiscientos cincuenta y un millones ciento setenta y siete mil veinticinco con 76/100 ($ 35.651.177.025,76); Que por Disposición N° 333-DGCYC/23 la Dirección General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector del Sistema de Compras y Contrataciones, y de acuerdo con las facultades otorgadas por el artículo 19, inciso j) de la Ley N° 2.095 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que, conforme el artículo 22 de la Ley N° 6.684 de Ministerios, corresponde al Ministerio de Educación asistir al Jefe de Gobierno en lo inherente a sus competencias, entre las que se encuentran planificar y administrar los recursos del sistema educativo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el proceso licitatorio que se propicia se fundamenta en la necesidad de garantizar el servicio de provisión y distribución de productos lácteos, destinados a la elaboración de desayunos y/o meriendas de los alumnos de establecimientos educativos de gestión estatal del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que la Dirección General de Servicios a las Escuelas dependiente de la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos del Ministerio de Educación elaboró los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y sus