Provincia de Buenos Aires · Ley N° 6808

Ley 6808/1964 - AUTORIZA A LA DIRECCIÓN GENERAL DE HIPÓDROMOS PARA ORGANIZAR UNA REUNIÓN DE CARRERAS EN EL HIPÓDROMO DE LA PLATA, EN EL PRESENTE AÑO Y FUERA DEL PROGRAMA A BENEFICIO DEL CIRCULO DE PERIODISTAS DE LA PROVINCIA DE BS.AS.

Estado no verificadoPublicación B.O.: 29/09/1964
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado. · Consultar publicación oficial

Ley 6808 LEY 6808 Reunión hípica a beneficio del Círculo de Periodistas de la Provincia de Buenos Aires. EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Dirección General de Hipódromos para organizar una reunión de carreras en el Hipódromo de La Plata, en el presente año y fuera del programa, cuyo producido, una vez­ deducidos los gastos de explotación, será entregado al Círculo de Periodistas de la Provincia de Buenos Aires, para el cumplimiento de las necesidades contempladas por su estatuto. ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.