Provincia de Buenos Aires · Decreto-ley N° 9642
Decreto-ley 9642/1980 - PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 42 DE LA LEY 9603 (AGENCIAS DE INVESTIGACIONES Y SEGURIDAD PRIVADA)
Estado no verificadoPublicación B.O.: 19/12/1980
Fuente oficial: Normas GBA. Snapshot oficial verificado.
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Decreto-ley 9642/1980 DECRETO-LEY 9642/80 La Plata, 16 de diciembre de 1980. Visto lo actuado en el expediente número 2.240-158/80 y el Decreto Nacional número 877/80; en ejercicio de las facultades legislativas conferidas por la Junta Militar, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1.- Prorrógase hasta el 28 de febrero de 1981 el plazo establecido en el articulo 42 de la Ley 9603. ARTICULO 2.- La presente ley entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación. ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.