Ciudad Autónoma de Buenos Aires · Ley N° 419
Ley 419/2000 - CREA UN PROGRAMA DE ACTIVIDADES A DESARROLLARSE DENTRO DEL CEMENTERIO DE LA RECOLETA
LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1° Créase un Programa de Actividades a desarrollarse dentro del Cementerio de la Recoleta. Art. 2° Son finalidades del presente programa: a) Investigar el patrimonio cultural del Cementerio de la Recoleta, inventariarlo, clasificarlo, catalogarlo y establecer una didáctica para su comunicación. b) Elaborar políticas de inventario, conservación y seguridad del patrimonio cultural del Cementerio de la Recoleta, para proponerlas a la autoridad superior. c) Elaborar políticas de comunicación y difusión del patrimonio cultural del Cementerio, incluyendo como medios: señalética, gráfica, publicaciones en folletería, libros y soportes multimedia, visitas guiadas y otros medios que resultasen adecuados, para proponerlas a la autoridad superior. d) Evaluar la posibilidad de la creación del Museo de Sitio del Cementerio Monumental de la Recoleta, con sede en dependencias del mismo cementerio. Art. 3° Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados a la partida correspondiente de la jurisdicción Cultura y Comunicación Social del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del año 2001. Art. 4° Comuníquese, etcétera. CARAM Rubén Gé Buenos Aires, 2 de Agosto de 2000 En virtud de lo prescripto en el Art. 8° del Decreto N° 2.343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 419, sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión de fecha 27 de junio de 2000, ha quedado automáticamente promulgada el día 19 de julio de 2000. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, pase para su conocimiento y demás efectos a las Direcciones Generales de Museos y Cementerios, a las Secretarías de Hacienda y Finanzas, de Cultura y de Obras y Servicios Públicos. Cumplido, archívese. Juan Santiago Pasquier Subsecretario Legal y Técnico Relaciones Tipo de relación Norma relacionada Detalle DEROGADA POR LEY 4977 2014 Artículo 143 de la Ley 4977, deroga la Ley 419.